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Circular N°21 referente a Homologación de Records – Control de Dopaje

La Federación Paraguaya de Atletismo informa que, en cumplimiento de las disposiciones del Código Nacional Antidopaje, ha modificado el proceso de homologación de records como sigue:

  • Durante las competiciones, se anunciará un nuevo récord nacional de la forma siguiente: “… constituye nuevo récord nacional de (prueba) de la categoría (), sujeto al procedimiento de control de dopaje”
  • El atleta recordista, en caso de que no se estén llevando a cabos controles “En Competición” durante el evento en el que se produce el récord, deberá presentarse en la oficina de la ONAD dentro un plazo máximo de 48 horas siguientes a la competencia en la que ocurrió el récord, para someterse a una toma de muestra para control de dopaje. En caso de que el récord se haya producido en una competición fuera de Paraguay, deberá presentarse dentro de las 24 horas siguientes a su regreso al país, excepto si ha sometido a control en la competencia de que se trate.
  • El récord permanecerá con una indicación “*” en la tabla de records hasta que se confirme un resultado negativo a la toma de la muestra.
  • El récord solo será homologado en forma definitiva cuando la ONAD PARAGUAY informe que un resultado negativo ha sido informado en el sistema ADAMS.
  • La no presentación del atleta en el plazo mencionado tendrá como consecuencia la no homologación del record. 

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